Servicio de atención al cliente
NAO Asset Management, E.S.G., SGIIC, S.A. pone a disposición de su clientela un Servicio de Atención al Cliente, que se crea al amparo de lo establecido en la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, el Reglamento de los Comisionados para la Defensa de los Clientes de Servicios Financieros aprobado por Real Decreto 303/2004 de 20 de febrero, y, en especial la Orden ECO 734/2004, de 11 de marzo, cuyo objeto será atender y resolver quejas y reclamaciones. Asimismo, existe un Reglamento para la Defensa del Cliente accesible desde esta página.
Para que pueda conocer con mayor amplitud sus derechos le invitamos a que acuda al Rincón del Inversor de la CNMV.
Las funciones del Servicio de Atención al Cliente son la atención y resolución de las quejas y reclamaciones que puedan presentar los clientes velando en todo momento la tutela y protección de los derechos e intereses de los clientes, derivados de las relaciones con la sociedad, así como procurar que tales relaciones se desarrollen en todo momento conforme a los principios de buena fe, equidad y confianza.
El Servicio de Atención al Cliente tiene la obligación por parte de la entidad de atender y resolver las quejas y reclamaciones presentadas por sus clientes, en el plazo de dos meses desde su presentación en el departamento o servicio de atención al cliente o, en su caso, defensor del cliente.
Las quejas y reclamaciones deberán dirigirse, en primera instancia, al titular del Servicio de Atención al Cliente de NAO Asset Management, E.S.G., SGIIC, S.A:
Dirección: | Pl. Ayuntamiento, 27 – 7º 46002 Valencia – España |
Teléfono: | +34 960 454 015 |
Email: | Info@nao-sam.com |
Persona de contacto: | Eva Prats Ripoll eva.prats@nao-sam.com |
En segunda instancia, una vez agotada la vía del Servicio de Atención al Cliente, podrán dirigirse a la oficina de atención al inversor de la CNMV:
OFICINA DE ATENCIÓN AL INVERSOR DE LA CNMV
Edison, 4
28006 MADRID
www.cnmv.es
información@cnmv.es